Trabajadores menores de 35 años y con jornadas parciales pagarán 50% menos de seguro con la CCSS
La Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) anunció hoy que empresas con trabajadores menores de 35 años y en tiempo parcial pagarán menos cuota del seguro social.
Si un trabajador tiene jornada parcial y reporta un salario de ¢150.000 deberá pagar ¢38.832, por ejemplo, 50% menos de seguro.
Esto será posible por una rebaja del 50% en la base mínima contributiva (del SEM y de IVM) en estos casos, gracias a la entrada en vigencia de la reforma al artículo 63 del Reglamento del Seguro de Salud y a los artículos 2 y 34 del Reglamento del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte.
Gustavo Picado Chacón, gerente financiero de la CCSS, explicó que “los trabajadores asalariados contratados bajo la modalidad de jornadas parciales y cuyos salarios para esas jornadas sean inferiores a la Base Mínima Contributiva (BMC), las cargas sociales correspondientes a la CCSS se calcularán de manera más proporcional a su salario real devengado”.
En el caso del Seguro de Salud (SEM) la base mínima contributiva actual es de ¢327 337 y en el Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) es de ¢306 383. La rebaja al 50% se aplicará sobre esos montos, de manera que esa base quedará en ¢163,669.00 (para el SEM) y, por tanto, el pago será la mitad.
La CCSS también explica que “al costo total de la planilla se le agregan los montos correspondientes a los aportes de Ley de Protección al Trabajador y las otras instituciones (INA, IMAS, ASFA y Banco Popular y de Desarrollo Comunal) que se seguirán calculando en función del salario reportado al trabajador”.
Según la institución se ha identificado que 175 000 trabajadores del sector privado reportan un salario menor a la base mínima y “un número similar de trabajadores que laboran jornadas parciales están fuera de la protección de los seguros sociales”.
La reforma se extenderá, gradualmente, en el 2024 a la población laboral de más de 35 y hasta 50 años y para el 2025 se extenderá a los trabajadores de 50 años y más.
Además, es posible establecer cuotas parciales o proporcionales del salario real que devenga el trabajador, y en consecuencia, queda abierta la posibilidad de acreditar una fracción de cuota y no una cuota completa, como 0.25, 0.50 o 0.75 cuotas, “las cuales podrían sumarse en un mismo mes, si es reportado por dos o más patronos de manera simultánea, siempre con la restricción de que no podrá registrarse un valor mayor a una cuota por mes”, informó la CCSS.