Sala Constitucional no encuentra vicios por el fondo en la ‘Ley del trabajador independiente’
Según una resolución de la Sala Constitucional informada hoy este tribunal no encontró vicios de fondo a la “Ley del trabajador independiente” que alegaron diputados mediante una consulta constitucional.
La resolución fue por mayoría, porque el magistrado Fernández Arguello salvó parcialmente su voto y el magistrado Fernando Cruz lo salvó completamente.
Según Cruz Castro el proyecto de ley tiene vicios de fondo en el artículo 2, así como en los transitorios I y II, que considera inconstitucionales “por vulnerar la autonomía de administración y de gobierno de los seguros sociales, reconocida a la Caja Costarricense de Seguro Social de conformidad con lo establecido en el artículo 73 de la Constitución Política, además de los principios de seguridad social y de razonabilidad.
Por su parte el magistrado Paul Rueda emitió “un voto particular” y afirma que el transitorio I del proyecto es inconstitucional por el mismo criterio que el magistrado Cruz, pero además anota que “en todo caso, una vez que entre en vigor la presente ley, para los trabajadores independientes inscritos, se aplicará el plazo de prescripción de cuatro años establecido en el artículo 2 de la presente ley, en lo que respecta a las contribuciones del trabajador independiente a la seguridad social nacidas antes de la entrada en vigor de la presente ley, independientemente de que existan o no procedimientos determinativos, sancionatorios o de cobro (…)”
La consulta fue realizada por los y las diputadas Antonio Ortega Gutiérrez, Ariel Robles Barrantes, Dinorah Barquero Barquero, Gilbert Jiménez Siles, Jonathan Acuña Soto, Pedro Rojas Guzmán, Priscilla Vindas Salazar, Rocío Alfaro Molina, Rosaura Méndez Gamboa y Sofía Guillén Pérez.