9 de junio de 2023

Sala Constitucional declara con lugar recurso de amparo y anula cierre del Parque Viva

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El recurso de amparo fue votado a favor por 6 de los 7 magistrados que participaron de la resolución.


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La Sala Constitucional acogió y declaró con lugar un recurso de amparo que impugnaba el cierre del Parque Viva -propiedad del Grupo Nación-, por parte del Ministerio de Salud.

Ministra de Salud

Recurso de amparo por violación a la libertad de prensa inédita

La resolución de anula la orden sanitaria se dio por mayoría del tribunal constitucional (6 de 7 magistraturas votaron a favor) por considerar que se trata de “una violación inédita a la libertad de prensa, libertad que es un elemento esencial de nuestro sistema democrático”, en palabras del magistrado Fernando Castillo, presidente del tribunal.

La magistrada Garro Vargas “salvó parcialmente el voto en el siguiente sentido: lo declaró con lugar, por sus propias razones, respecto de la libertad de expresión; y lo declaró sin lugar respecto de la anulación de la orden sanitaria y del citado oficio, por cuanto estima que lo relativo a estos no procede ser conocido por la Sala Constitucional”, comunicó la Sala.

El magistrado Salazar Alvarado, por parte, anotó por aparte que, en un plazo no mayor de 18 años, las autoridades del estado deberá coordinar para “llevar a cabo todas aquellas medidas de coordinación que estimen pertinentes y necesarias a efectos de ejecutar el plan remedial al que se ha hecho referencia en este asunto”.

La resolución de la Sala Constitucional no ha sido notificada al Poder Ejecutivo, de manera que eso le impide a Presidencia pronunciarse al respecto. La Sala está en etapa de redacción y luego de eso se notificará a las partes.

Sin embargo, el Ministerio de Comunicación envió un texto breve donde dijo ser respetuoso de la institucionalidad y la división de poderes que tiene el país, de manera que respetará el fallo constitucional.

El caso, que ha sido altamente controversial (el Ministerio tardó en entregar informes a la prensa), porque para muchos fue una medida revanchista del mandatario Rodrigo Chaves, así como de la ministra Joselyn Chacón, contra el medio de comunicación que dio a conocer sus antecedentes de acoso sexual en el Banco Mundial, incluso trascendió a nivel internacional.

La sentencia No. 2022025167 anula la orden sanitaria No. MS-DRRSCN-DARSA2-OS-0368-2022 emitida el 8 de julio de 2022, así como lo dispuesto en el oficio No. MS-DRRSCN-DARSA2-1724-2022 del 15 de julio de 2022.

Se condena al Estado al pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirven de fundamento a esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo contencioso administrativo.

El recurso de amparo fue interpuesto por un grupo de periodistas del diario La Nación: Armando González Rodicio, Guiselly Mora Morales, Armando Mayorga Aurtenechea, Ronald Matute Charpentier, Vanessa Loaiza Naranjo, Daniela Cerdas Espinoza, Juan Fernando Lara Salas, Kimberly Herrera Salazar, Óscar Rodríguez Arguedas, Natasha Cambronero Jiménez, Esteban Oviedo Álvarez, Diego Bosque González, Fabrice Le Lous y Krisia Chacón Jiménez.

Los magistrados que tomaron esta decisión son Fernando Castillo Víquez (magistrado presidente), Fernando Cruz Castro, Paul Rueda Leal, Luis Fdo. Salazar Alvarado, Jorge Araya García (magistrado instructor), Anamari Garro Vargas y el magistrado suplente José Roberto Garita Navarro. 

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