La Sala Constitucional de Costa Rica acogió un recurso de amparo bajo el expediente No. 22-016205-0007-CO, interpuesto por Andrés Vargas Ulate, contra el decreto ejecutivo que busca bajar los aranceles al arroz importado.
El Gobierno propuso una rebaja de los aranceles actuales de un 35% a un 3,5% para el arroz en granza
(código arancelario 1006.10.90.00) y de un 35% a un 4.0% para el arroz pilado (código arancelaria 1006.30.90.00).
El decreto fue sometido a consulta pública como es de ley, pero Vargas Ulate encontró que la publicación oficial del Ministerio de Comercio Exterior tiene varios errores que afectan su derecho a obtener la información del decreto original que es consultado.
Lo más grave de esta resolución es que, según la resolución de la Sala, “no se tiene acceso al sustento técnico y a los estudios económicos que hizo el MAG o el gobierno para plantear en los artículos 1 y 2 de la propuesta sometida a consulta pública” sobre la rebaja de los aranceles actuales.
Alega el recurrente que no está “la propuesta que se somete a consulta pública. Refiere que en la versión que se puso a disposición de los ciudadanos para que hagan observaciones, se incluye considerando XVI que está incompleto pues no indica la fecha en que fueron publicados los avisos en los mencionados medios de circulación nacional y en su lugar se colocó “xx”, en sustitución de las fechas”, según se consigna en la resolución de la Sala.
Agrega que el documento puesto a consulta está incompleto y carece de enlaces o acceso a una serie de referencias que realiza y supone validar el decreto que rebaja los aranceles al arroz.
Final, el recurrente añade que “que las reducciones planteadas son antojadizas, ocurrentes y carentes de sustento técnico y económico, por lo que se le deja en estado de indefensión al impedírsele el acceso a los documentos y estudios mencionados”.
El magistrado instructor de este recurso será Luis Fdo. Salazar Alvarado.