La Sala Constitucional ordenó a la administración del Parque Nacional Manuel Antonio una disminución de las visitas porque hay una sobrecarga del 268% de la capacidad instalada.
La Sala resolvió con lugar este 12 de mayo un recurso de amparo que denunció tal situación.
Los magistrados Castillo Víquez, Rueda Leal, Araya García, y los suplentes Garita Navarro y Fernández Argüello, declararon con lugar el recurso, pero la magistrada Anamari Garro y el magistrado Salazar Alvarado lo declararon sin lugar, “al estimar que -tal como lo establecen los precedentes de la Sala Constitucional- lo relativo al ingreso de visitantes al Parque Nacional Manuel Antonio debe ser discutido en la jurisdicción contencioso-administrativo y no en esta sede”.
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La resolución del expediente 23-006531-0007-CO indica que hay “una capacidad de carga en dicho Parque Nacional de 1120 turistas diarios, pero, según datos de la propia área de conservación, la visitación actual alcanza un 267.9% de la capacidad instalada, esto sin un estudio técnico que lo sustente”.
La administración del Parque tiene 24 horas después de notificada de esta resolución para modificar esa visitación y garantizar la disminución de las visitas de turistas que ingresan cada día.
“Con tal situación consideró el alto Tribunal que se violan el derecho a un ambiente
ecológicamente sano y equilibrado, consagrado en el artículo 50 de la Constitución Política, así como el principio de objetivación de la tutela ambiental”, comunicó la Sala.
El Parque Nacional Manuel Antonio es el más visitado del país y produce gran admiración del turismo nacional e internacional. Varias revistas y especialistas de turismo ecológico y de viajes, así como la misma National Geographic lo consideran uno de los 10 más hermosos del mundo.
Además, Manuel Antonio tiene grandes atractivos para los turistas, desde la observación de especies silvestres en su hábitat, como playas de gran encanto.