Legisladores del PLP increpan a magistrados: “desconocen principios elementales del derecho”

Legisladores del PLP increpan a magistrados: “desconocen principios elementales del derecho”
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Una resolución del 12 de octubre y comunicada el pasado 9 de noviembre sobre el principio de territorialidad provocó una reacción extrañamente tardía, pero visceral, de los legisladores del PLP (Partido Liberal Progresista), cuyo líder es el excandidato presidencial Eliécer Feinzaig.

El diputado Jorge Manuel Dengo no se guardó nada e increpó a los magistrados de la Sala Constitucional en un ataque frontal a su credibilidad y legitimidad como profesionales de alto nivel en el derecho costarricense.

“La resolución pone al descubierto el desconocimiento total de los magistrados de esta Sala sobre la materia en discusión y sobre principios elementales del derecho”, declaró Dengo mediante un comunicado enviado por el PLP.

La molestia es fuerte porque, según Dengo, se afecta el principio de seguridad jurídica y con eso a los contribuyentes, pero además “se convierte en un obstáculo enorme para la inversión extranjera”, en sus propias palabras.

El jefe de fracción, Eliécer Feinzaig, cuestionó que esta resolución pone al país en desventaja con el mundo productivo, por eso tanto él como Dengo consideran que debe apoyarse el proyecto “de interpretación auténtica del principio de territorialidad” bajo el expediente 23.187.

Según los legisladores del PLP, la Sala Constitucional está legislando y, por eso, el Congreso debe intervenir con esa interpretación. Los liberales consideran que este cambio en realidad plantea otro concepto conocido como renta mundial, donde los inversionistas que generen capital por sus negocios en Costa Rica deberán tributar de nuevo cuando se lleven sus capitales y generen nuevos réditos en otros países.

El trasfondo es sobre el pago de impuestos. Según el diputado Dengo, la interpretación de la Sala no es acorde al pago de impuestos sobre lo que se produce en el país, sino que extiende esa territorialidad.

La Sala resolvió un grupo de acciones de empresas bancarias sobre la jurisprudencia de la Sala Primera en torno al principio en cuestión.

La resolución de la Sala Constitucional establece que “por unanimidad, se declaran sin lugar las acciones acumuladas en cuanto a los alegatos de infracción a los principios de capacidad económica y de doble imposición”.


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