21 de marzo de 2023

Fracasa denuncia de Pedro Muñoz contra 263 partidarios del PAC por supuesta estafa

Una denuncia interpuesta ante la Fiscalía por el exdiputado y exprecandidato presidencial del Partido Unidad Social Cristiana, Pedro Muñoz, contra 263 partidarios del PAC por supuesta estafa, fracasó de manera definitiva cuando un juzgado determinó sobreseimiento definitivo.

La denuncia de Muñoz consideraba que todas esas personas eran coautoras de los hechos delictivos resueltos en la condena de estafa contra Maynor Sterling y Manuel Antonio Bolaños, por haber firmado los contratos que indicaban servicios profesionales donados al PAC.

Sin embargo, un juzgado penal de Hacienda y Función Pública determinó que no existe ningún delito demostrado y que “a pesar de la falta de certeza, no exista razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos elementos de prueba y no hay bases para requerir fundadamente la apertura a juicio”, según indica la resolución final.

La resolución expresa además que “el delito de Estafa, en su tipicidad objetiva exige la existencia del error, el cual no es otra cosa que el desconocimiento inconsciente de una realidad. El agente, en un delito de estafa, a través de engaños pretende lograr una falsa representación de la realidad, siendo esta la que lleva a que la víctima se autolesione en virtud de una disposición patrimonial propiciada por el engaño”.

Ante la solicitud de la Fiscalía y en virtud de las pruebas obtenidas, el sobreseimiento se da también porque -según el juzgado-no se prueba que “las personas que suscribieron los contratos, hayan tendido en primer lugar un dominio de las diferentes acciones fraudulentas, y en segundo lugar que hayan tenido conocimiento de la ilicitud u origen ilícito de los supuestos contratos”.

Según el ex diputado Muñoz, por causa de la firma de esos contratos fueron asignados puestos en la función pública, sin embargo, eso tampoco fue demostrado. La resolución indica que se hizo una pesquisa policial y “no fue posible establecer un vínculo para determinar si los nombramientos en puestos públicos fueron realizados en razón de la contribución económica realizar al partido, ya que no ubicaron elementos de prueba que indicaran sobre ese particular”, según indica el Lic. Rodrigo Daniel Mora Ramírez, Juez Penal a cargo del caso.

Descargue aquí el fallo completo.

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