El presidente Rodrigo Chaves aprovechó su conferencia de prensa para hacer ataques contra la fiscala del caso Baruch, encargada del “mega” caso de fraude fiscal que solicitó desestimar.
En este artículo:
Chaves dijo que su conducta en este caso fue sospechosa porque duró apenas dos meses en tramitar el caso, trabajó en los primeros días de enero (período de vacaciones) y debió inhibirse porque había sido subordinada directa del implicado Leonel Baruch cuando el banquero fue ministro de Hacienda de 1998 a 2001.
Fiscala del caso Baruch aclara
Sin embargo, Criss Cecil González explicó que las acusaciones del presidente son infundadas y se basan en conjeturas no reales.
González explicó que ella trabajó los primeros días de enero porque la Fiscalía de Delitos Económicos estaba obligada a hacerlo este año por acuerdo del Consejo Superior del Poder Judicial.
Ella fue seleccionada por las autoridades del Poder Judicial para laborar del 2 al 6 de enero, en período de vacaciones para la mayoría del personal, mientras que el otro fiscal lo hizo del 26 al 30 de diciembre.
González puntualizó que como parte del trabajo para esos días fue asignado para esos dos fiscales “redactar y plantear los requerimientos conclusivos de casos que estaban en condiciones de ser resueltos, los cuales fueron determinados de forma libre e independiente en el mes de diciembre, por parte de cada fiscal de nuestra oficina, entre los que se encontraba el expediente 22-000070-0621-PE (el caso de fraude fiscal que implica a Baruch)”.
La fiscala explicó que la solicitud de desestimación se realizó porque al pedir prueba a Panamá le fue rechazada dado que la causa es anterior a 2019, cuando en ese país no se consideraba un delito penal el tema en cuestión.
“Lo anterior significaba que la Asistencia Penal Internacional no resultaba viable, toda vez que los hechos delictivos investigados en Costa Rica no estaban sancionados penalmente en Panamá, es decir, que estaba ausente la doble incriminación requerida para su tramitación y diligenciamiento y por ende, esto no permitiría seguir con la investigación de la denuncia al no tener elementos para contrastar la maniobra defraudatoria denunciada”, agregó.
También refutó que fuese subalterna de Leonel Baruch cuando fue funcionaria en la Dirección Jurídica de ese ministerio desde 1999 e indicó como jefa suya a Dagmar Hering en aquel momento. Al año siguiente, en el 2000, solicitó permiso sin goce de salario para estudiar una maestría mediante una beca que le fue otorgada y estuvo fuera ese año 2000 y 2001.
“No tengo amistad ni enemistad manifiesta con el denunciado, a quien ni siquiera conozco ni tampoco trabajé de manera directa con él”, comunicó.
Baruch demanda a Nogui Acosta y jerarcas de Hacienda
Leonel Baruch anunció que interpuso una demanda contra el ministro de Hacienda, Nogui Acosta, y dos jerarcas más de ese ministerio: la viceministra de Ingresos, Priscila Zamora, y el director de Tributación, Mario Ramos.
Los delitos que acusa Baruch son de abuso de autoridad, difusión de información falsa y suplantación de páginas electrónicas.
“No es propio de un régimen democrático hacer uso de la institucionalidad del Estado ni de los recursos públicos para actuaciones criminales con fines oscuros, que lejos de buscar el bien común, busca atacar a quienes considera sus enemigos”, comunicó Baruch mediante un comunicado público.
Dijo además que ha sido atacado violentamente desde redes sociales por los seguidores de Chaves, dada su condición de presidente de CRHoy.
Procuraduría se encargará del caso
Por otro lado, el ministro de Justicia y Paz, Gerald Campos, solicitó a la Procuraduría mantener el caso abierto, porque considera sospechoso el actuar de la funcionaria y porque se trata de una supuesta defraudación al estado por ¢11.000 millones. La Procuraduría estudiará el caso para analizar qué procede, pero alegó que se le había enviado una documentación incompleta.
Las acusaciones del presidente Chaves
Comunicado completo de fiscala
COMUNICADO DE LA FISCALA ADJUNTA CRISS GONZÁLEZ UGALDE
A raíz de las consultas y cuestionamientos surgidos en relación con la tramitación del expediente 22-000070-0621-PE, se aclara lo siguiente:
Por medio del aviso N° 25 del Consejo Superior del Poder Judicial, en el asunto 2, se indicó: “Lineamientos para la atención de asuntos y detalle de las oficinas que permanecerán abiertas durante los períodos de vacaciones colectivas 2022-2023 (Semana Santa 2023)”, y se estableció que la Fiscalía Adjunta de Delitos Económicos y Tributarios sería uno de los despachos del Ministerio Público (MP) que debía abrir durante el período de cierre colectivo (del 26 de diciembre al 6 de enero).
En cumplimiento de la directriz emitida por la Unidad Administrativa del Ministerio Público, en acatamiento de dicho aviso, la Fiscalía Adjunta de Delitos Económicos y Tributarios informó, el martes 06 de diciembre de 2022, que un fiscal de nuestra oficina laboraría del 26 al 30 de diciembre y mi persona laboraría del día 02 al 06 de enero del presente año; además, se informó que los técnicos judiciales también trabajarían en esas fechas para dar soporte a los fiscales.
Como parte del plan de trabajo agendado para esos días, se asignó a las dos personas fiscales redactar y plantear los requerimientos conclusivos de casos que estaban en condiciones de ser resueltos, los cuales fueron determinados de forma libre e independiente en el mes de diciembre, por parte de cada fiscal de nuestra oficina, entre los que se encontraba el expediente 22-000070-0621-PE.
Dicho expediente contenía la denuncia planteada por el Ministerio de Hacienda que relataba una denuncia anónima, advirtiendo, por parte del Ministerio, que los hechos, desde su perspectiva, se encontraban prescritos a nivel administrativo y que se realizaba la remisión de la denuncia como noticia criminis, de hechos que datan del período 2008 a 2015.
Producto del análisis de los elementos de prueba que se aportaron dentro de la denuncia que dio origen a dicha causa, se remitió por parte de la Fiscalía requisitoria de peritaje ante la Sección Anticorrupción de Delitos Económicos del Organismo de Investigación Judicial, siendo que, mediante Informe No.222-SADEF-NR-454-22 del 21 de octubre 2022, se comunicó que, para realizar la pericia contable requerida por parte de nuestra fiscalía, se necesitaba el “trámite de una asistencia internacional a la República de Panamá, con el fin de obtener prueba para el caso”.
Al respecto, consultada la Oficina de Asesoría Técnica y Relaciones Internacionales del MP, se nos informó vía correo electrónico que, ante consulta realizada, su homólogo en Panamá comunicó que los delitos contra el Tesoro Nacional o defraudación fiscal fueron tipificados mediante Ley No.70 del 31 de enero 2019 y que, antes de su entrada en vigencia, tales conductas eran competencia de la esfera administrativa y no penal.
Lo anterior significaba que la Asistencia Penal Internacional no resultaba viable, toda vez que los hechos delictivos investigados en Costa Rica no estaban sancionados penalmente en Panamá, es decir, que estaba ausente la doble incriminación requerida para su tramitación y diligenciamiento y por ende, esto no permitiría seguir con la investigación de la denuncia al no tener elementos para contrastar la maniobra defraudatoria denunciada.
Es importante subrayar que, a la fecha, la solicitud de desestimación planteada debe ser analizada por el Juzgado Penal y que, de acogerse, la misma no implica un cierre definitivo del caso, ya que dicho requerimiento permite su eventual apertura en caso de obtenerse nuevos elementos para la investigación.
En relación con mi trabajo en el Ministerio de Hacienda, informo que laboré en esa institución a partir de enero de 1999, específicamente en la Dirección Jurídica, siendo mi jefa directa la licenciada Dagmar Hering, Directora Jurídica de ese despacho. En ese sentido, mi trabajo se regía por las asignaciones que daba la Directora Jurídica de ese Ministerio.
Posteriormente, para enero del año 2000, solicité un permiso sin goce de salario en esa institución y estuve fuera de dicho ministerio en los años 2000 y 2001, por haber obtenido una beca de cooperación triangular que gestioné personalmente y me fue otorgada de manera directa por los gobiernos de Chile y Estados Unidos para estudiar una maestría en derecho empresarial. Tal y como lo señala el artículo 55 del Código Procesal Penal, no tengo amistad ni enemistad manifiesta con el denunciado, a quien ni siquiera conozco ni tampoco trabajé de manera directa con él.
Dra. Criss González Ugalde, fiscala adjunta de Delitos Económicos y Tributarios.