28 de marzo de 2023

Diputados eliminan la educación como servicio esencial pero sus huelgas tendrán limitaciones

Las huelgas de la educación no podrán superar los 21 días consecutivos y deberán tener plan de servicios mínimos.

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  • Las huelgas de la educación no podrán superar los 21 días consecutivos y deberán tener plan de servicios mínimos. Además, si la huelga es declarada ilegal, habrá rebajo retroactivo de salario.
  • Comedores escolares sí son considerados un servicio esencial y no podrán ir a huelga.

La comisión encargada de atender el expediente 21049 para regular las huelgas en el sector público atendió hasta ayer por la noche un total de 222 mociones presentadas, en menos de una semana que era el plan previsto.

Una de las modificaciones contenidas en el nuevo proyecto es el hecho fundamental de que la educación no pudo ser incluida como un servicio esencial, por el convenio con la Organización Internacional del Trabajo que el país firmó.

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Carlos Ricardo Benavides, presidente de la Asamblea Legislativa, explicó a Culturacr.net que “la educación no se definió como servicio esencial porque de acuerdo con la OIT los servicios esenciales se definen como aquellos cuya ausencia afectan la vida, la salud o la seguridad de las personas”.

EDUCACIÓN
El 94% de los costarricenses
quieren que la educación sea
un servicio esencial

Ayer una encuesta de Demoscopía, en el programa Hablando claro de Radio Columbia, había revelado que el 94% de los costarricenses está de acuerdo con considerar a la educación como un servicio esencial.

“Según la OIT la educación puede ubicarse dentro de una categoría de orden público o de carácter estratégico, por lo que la huelga en ella puede tener condiciones y limitaciones”, amplió Benavides.

“Fue así que quedó en una categoría estratégica, su plazo máximo es de 21 días consecutivos o 10 discontinuos, siempre que opere antes un plan de servicios mínimos de seguridad y aseo que garantice la apertura de los centros educativos y además se garantice la prestación de los servicios de atención para los estudiantes de enseñanza especial”, indicó el presidente del Congreso.

En efecto, entre las reformas incluidas se establece una causal nueva para despedir a un funcionario: cuando incumpla “con el plan de servicios mínimos durante un período de huelga”.

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Además, el presidente legislativo aclaró a Culturacr.net que el nuevo proyecto sí estaba rebajo retroactivo del salario si la huelga es declarada ilegal.

“El salario se sigue pagando pero se rebaja la plata retroactivamente desde el comienzo al declararse la ilegalidad de la huelga; actualmente no se permite el rebajo retroactivo”, informó Benavides.

Prohibiciones nuevas

Además, los sindicatos no podrán hacer una huelga dos veces por el mismo motivo. Asimismo, están obligados a enviar una nómina completa de los afiliados con correo electrónico y datos de contacto actualizados ante el Ministerio de Trabajo.

Solamente quedan autorizadas las huelga pacíficas, pero no serán consideradas así aquellas que hagan bloqueos, impidan el ingreso a las instalaciones públicas o impidan laborar a quienes no deseen unirse al movimiento. Así entonces quedan prohibidas las huelgas con bloqueos en las calles, con posibilidad de demandar sindicatos y trabajadores por incumplimientos de la ley, e incluso despidos de educadores que incurran en bloqueos o no cumplan con las regulaciones de esta ley.

Las huelgas podrán ser para “la defensa y promoción de sus intereses económicos y sociales, (así como) defensa de sus derechos en conflictos jurídicos”, pero quedan ilegales “las huelgas políticas de cualquier índole o aquellas que no tengan conexión directa con la relación de empleo o incumplimientos laborales imputables al patrono”.

Las nuevas disposiciones establecen que queda prohibido al trabajador retirarse de su lugar de trabajo para hacer diligencias personales o de otra índole, tampoco viajar o ausentarse por razones ajenos a los del movimiento de huelga.

Finalmente, en el artículo 663 se establecen plazos estrictos para que el Poder Judicial y los juzgados resuelvan la declaratoria de ilegalidad de una huelga.

¿Cuánto tiempo necesitará ahora una declaratoria de ilegalidad? El mismo presidente del Congreso explica a Culturacr.net: “Depende de su complejidad. No es lo mismo una huelga local que una regional, o una regional que una nacional. Eso hace que el juez deba visitar pocos o muchos centros de trabajo. Pero el nuevo procedimiento es mayoritariamente oral y está diseñado (para que pudiera) tardar ocho días en una huelga menos compleja y dos o tres semanas en una más compleja”.

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Servicios esenciales

Los servicios que sí serán considerados esenciales y por tanto tendrán prohibidas las huelgas son: los de salud, seguridad del Estado (policía y cuerpos de seguridad), controladores aéreos y de migración, bomberos, servicios de transporte ferroviario y marítimo (carga y descarga en muelles, servicios para el suministro de agua y energía eléctrica, importación y distribución de combustibles, y los servicios judiciales en materia laboral, derechos fundamentales, de familia, violencia intrafamiliar, pensiones alimentarias, flagrancia, autopsias y otros.

“En pocos días el expediente estará en el plenario para iniciar la discusión de mociones de reiteración y debate de fondo”, explicó Carlos Ricardo Benavides en su cuenta de Facebook.

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