Actualizado: 4 de abril, 2022. Con el apoyo de 48 diputados y la oposición de Daniel Ulate del PLN y Pedro Muñoz del PUSC, el expediente 21810 fue aprobado en segundo debate esta tarde al cierre de la sesión ordinaria 105 de la Asamblea Legislativa.
Menos de una semana después, el presidente Carlos Alvarado firmó la ley, que ahora será publicada en el diario oficial la Gaceta y será de aplicación inmediata para los próximos comicios municipales
Queda pendiente que la Sala Constitucional evacue una consulta en particular sobre la posibilidad de que un ex alcalde o ex regidor no puede ser elegido en otro puesto municipal que no sea el mismo. Sin embargo, el hecho principal está consumado: alcaldes que hasta hoy tienen dos períodos consecutivos no podrán reelegirse por una tercera ocasión o más.
Según parece el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) emitió un criterio en el que se establece que es inconstitucional que se le impida a una persona ser nombrada en otro puesto de elección democrática cuando ya ejerció otro. Sin embargo, la Sala no quiso evacuar sobre ese criterio.
A primera hora del 29 de marzo llegó una resolución de la Sala Constitucional, donde resolvió que la consulta sobre ese tema era inevacuable por ese órgano en este momento. Sin embargo, también determinó que le proyecto no tiene inconstitucionales por el fondo ni vicios de procedimiento.
El diputado Carlos Ricardo Benavides, del PLN, dijo compartir el criterio del TSE, pero que aún así consideró votar a favor de la ley por establecer límites al ejercicio del poder. También declaró que no vota a favor por escándalos o cuestionamientos que se hacen a algunos alcaldes del PLN por corrupción, porque igual cree que hay alcaldes que merecen la reelección por su excelente trabajo y apoyo comunal.
La congresista Laura Guido, del PAC, también se pronunció a favor del proyecto y planteó que la discusión al respecto va más allá de solamente velar por los derechos individuales de unos políticos.