Procuraduría corrige a ministra de Salud: Acuerdos de la CNVE siguen con validez
Los acuerdos de la CNVE solamente la misma CNVE puede deshacerlos porque es un órgano de desconcentración máxima.
El abogado del estado, la Procuraduría General de la República, emitió un criterio que corrige tanto a la ministra de Salud, Joselyn Chacón, como al presidente de la República, Rodrigo Chaves, sobre la nulidad de los acuerdos de la Comisión de Vacunación y Epidemiología (CNVE). Los acuerdos de la CNVE siguen siendo válidos y, por lo tanto, la vacunación sigue siendo obligatoria.
Según la entidad, a solicitud de la misma jerarca de Salud, solamente la CNVE puede anular sus propios decretos o resoluciones, de manera que la obligación de la vacuna sigue estando vigente en el caso del inmunizador contra Covid-19.
Julio César Mesén, procurador actual, expresó en oficio PGR-C-170-2022 que la CNVE es un ente estatal con máxima desconcentración, de manera que ni el Ministerio de Salud ni Presidencia puede anular una resolución suya.
Le corresponde a la comisión, “una vez que se encuentre integrada debidamente, definir si existe algún motivo que impida aplicar la figura del funcionario de hecho ante los problemas de investidura de alguno de sus miembros”, indicó Mésén.
Tanto Chacón, como Chaves, había dicho en conferencia de prensa, que los acuerdos de la comisión, incluyendo la obligatoriedad de la aplicación de la vacuna, quedaban anulados según un planteamiento del departamento jurídico del Ministerio de Salud. Eso, como lo explicaron varios especialistas, no es resorte legal de esa ministra ni del mismo presidente Chaves Robles.
“No es posible afirmar que los problemas de investidura de alguno de los integrantes de un órgano colegiado del sector público impliquen, necesariamente, la invalidez de los acuerdos adoptados”, agregó Mesén en el oficio indicado.
La ministra Chacón, ni el Ministerio de Salud, ni Presidencia, se han referido al tema por el momento, pero estaremos informando.
“Hasta este momento nadie, ni el Presidente, está autorizado para decir que un acto es nulo o ilegal, mucho menos cuando puede causar graves perjuicios a terceros, como en este caso que hay por medio uno o varios contratos firmados por el gobierno que lo obliga a millonarias sumas de dinero”, explicó antes de este emitido este oficio el abogado especialista Olivier Pérez González a Culturacr.net.
Pérez además explicó que “la nulidad absoluta de un acto administrativo puede ser declarado por la administración pública sin recurrir a los tribunales. Pero es obligatorio obtener el dictamen favorable de la Procuraduría General de la República; que es vinculante y cuando verse sobre actos administrativos directamente relacionados con el proceso presupuestario o la contratación administrativa, también la Contraloría General de la República debe rendir un dictamen. En ambos casos, los dictámenes deben pronunciarse expresamente sobre el carácter absoluto, evidente y manifiesto de la nulidad invocada. (Art. 173 Ley General de Administración Pública)”.